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¿Cuáles son las multas por No Pagar a Hacienda?

Enfrentarse a una multa siempre es causa de mucha molestia, por eso la mayoría de las personas tratan de evitarlas. Una de las multas que resultan sorpresivas e incomodas para muchos son las de incumplimiento a las reglas de Hacienda.

Una de las infracciones más frecuentes que cometen muchos empresarios es presentar la declaración de IVA fuera del plazo indicado, lo que le acarrea una embarazosa sanción. También puedes ser multado por no declarar ingresos, por presentar facturas falsas, entre otros. En este artículo descubrirás todo lo referente a este tipo de multas.

mujer preocupada

¿Qué es una inspección de hacienda?

Se le denomina Hacienda al conjunto de organismos públicos que obtienen, gestionan y controlan los recursos monetarios del Estado. Hacienda también es conocida como la Agencia Tributaria. Uno de los métodos que emplea este ente para lograr su objetivo es realizar inspecciones.

La inspección de Hacienda consta en una evaluación por parte de la Agencia Tributaria a los negocios, con el objetivo de saber si estas empresas cumplen con requisitos establecidos por la AEAT. Estas inspecciones han sido de mucha utilidad para descubrir fraudes cometidos por algunas empresas.

Si Hacienda te encuentra faltas, tendrás que pagar una multa. La cantidad a pagar dependerá del grado de la infracción, es decir, si esta es leve, grave o muy grave. Por eso es importante que no cometas errores al presentar tus declaraciones y que no sobrepases el plazo estimado para la inspección.

Multas de hacienda por no declarar ingresos

Si un empresario no declara sus ingresos o lo hace de forma incorrecta puede tener una sanción por parte de Hacienda. Debido que, todos los contribuyentes residenciados en el territorio español deben declarar sus ingresos.

El importe de la multa de Hacienda por no realizar la declaración de tus ingresos dependerá del grado de la infracción cometida. Si no declaras la declaración tendrás que pagar el 20% de tus consignaciones bancarias o ingresos brutos, y si haces la declaración fuera de plazo tendrás que pagar el 5% de cada mes de infracción.

Es importante que sepas que, si el motivo por el que no has declarado tus ingresos es por falta de experiencia o interpretación errónea, Hacienda te dará la oportunidad de demostrarlo. De esta forma podrás resolver este inconveniente de manera pacífica.

Multas de hacienda por vivienda habitual

Hacienda considera una vivienda habitual aquella que ha sido habitada durante el periodo continuado de 3 años desde su adquisición y que ha sido habitada de forma efectiva durante 12 meses. Una de las formas en la que hacienda fiscaliza las deducciones por vivienda habitual es inspeccionando los recibos de luz de los contribuyentes.

Cuando la Agencia Tributaria encuentra recibos de luz de una vivienda muy bajo, sospecha que el contribuyente no está utilizando este inmueble como vivienda habitual y, por lo tanto, inicia expedientes para recuperar deducciones, pues en este caso el propietario no tiene derecho a disfrutar de beneficios fiscales.

Cada año millones de personas deducen por alquiler, compra o rehabilitación de su vivienda, pero en ocasiones algunas personas aplican mal dichas deducciones, esto puede ser desconocimiento de la ley o por decisión propia.

Si se incumple alguno de los requisitos para que una residencia se considere vivienda habitual o se aplican mal las deducciones, la casa no podrá considerarse vivienda habitual y por eso debes devolver las deducciones.

Multas de hacienda por facturas falsas

Algunos empresarios en busca de evadir el pago de impuestos falsifican sus facturas, pero este es el peor error que pueden cometer, pues no solo te acarrea grandes multas, sino que daña su imagen y la reputación de su empresa.

Presentar facturas fraudulentas ante Hacienda es una infracción grave. El importe de este tipo de sanción también dependerá del grado de la infracción cometida, en este sentido, si el contribuyente utiliza facturas falsas para obtener un beneficio superior a 3.000 €, la sanción aplicable es de 50 a 100% del importe. Pero si se descubre que el fraude es millonario la sanción será tan estricta que el contribuyente correría el riesgo de ser suspendido.

Muchos aun conociendo las sanciones por cometer este tipo de faltas, siguen falsificando sus facturas, pero la realidad es que las probabilidades de que hacienda los descubran son muy altas. Por eso es fundamental ser honrados con el pago de impuestos y cumplir al pie de la letra todas las exigencias de Hacienda.

Multas de hacienda por no declarar alquiler

Algunas personas deciden poner su vivienda en alquiler, pero sin informar a Hacienda de esta decisión, pues no desean enfrentar los cargos que impone el Estado en este sentido. Pero en realidad esto no es algo que se pueda ocultar con facilidad, pues el inquilino debe informar su domicilio y quizás se vea obligado a pagar los servicios de la vivienda.

En vista de la alta probabilidad de que Hacienda descubra que una persona no está declarando el alquiler, la mejor opción siempre será cumplir con esta obligación. No hacer esta declaración puede afectar tanto al arrendador como al inquilino y la multa a pagar puede ir desde el 50% al 150% del importe dejado de declarar. Además, no podrán beneficiarse de las deducciones fiscales.

Estos son algunos ejemplos…

Tanto si tienes una empresa o una vivienda es importante que acates cada una de las exigencias de la Agencia Tributaria, pues como se ha mostrado no hacerlo puede afectarte de diferentes formas. Para que veas la gravedad de ello te mostraremos un ejemplo.

Ejemplo 1

El autónomo no se ha presentado a declarar de forma voluntaria. El 20 de mayo le llega una notificación por parte de Hacienda donde se le anuncia sobre el inicio de un procedimiento de investigación o de un procedimiento sancionador.

Solución:

Infracción. La falta en este caso es la de dejar de ingresar la totalidad de la deuda. Esta se califica como grave porque base de la sanción es superior a 3000 € y, además, ha habido ocultación, pues no se ha ingresado la deuda.

Sanción. Se exige una multa del 50 al 100% de la base de la sanción. En este caso la base de la sanción serían los 3.450 € (cantidad no ingresada).

Sanción reducida. Existen dos posibles reducciones aplicables a las sanciones económicas de los artículos 191 a 197:

  • Reducción por conformidad: 30%
  • Reducción por pago: 25%

En la reducción por pago si el autónomo ingresa el importe total de la sanción en los plazos establecidos en el artículo 62.2 y no apela la sanción, tendrá derecho a esta reducción. Una vez aplicada, podrá proceder la reducción por conformidad.

Cálculo sanción

  • Sanción mínima: 50%
  • Incremento por comisión repetida de infracciones: 0%
  • Incremento por perjuicio económico a Hacienda: 10%
  • Sanción incrementada: 60%
  • Reducción por conformidad: (30% X 60%) = -18%
  • Sanción reducida: 42%
  • Reducción por pronto pago: (25% X 42%) = -10%
  • Total de porcentaje de sanción: 32%
  • Total de sanción: 32% de 3450 = 1.104 €

Ejemplo 2

El contribuyente presenta la autoliquidación del primer trimestre fuera de plazo el día 1 de mayo, sin que Hacienda le notifique la falta.

Solución:

Cálculo del recargo. Hacienda exigirá al contribuyente un recargo del 5% (debido que presentó e ingresó la deuda el 1 de mayo). El recargo del 5% se designará sobre el importe a ingresar que son 3.450 €.

Reducción del recargo. Existe la posibilidad de que el importe se reduzca en un 25% siempre que se ingrese totalmente el importe del recargo y el de la deuda en los plazos indicados en el artículo 62.2 de la LGT. Como el autónomo presentó la autoliquidación e ingresó la deuda, al ingresar el recargo tendrá derecho a la reducción.

El 18 de mayo el contribuyente recibe la notificación y liquidación del recargo. Según el artículo 62.2 de la LGT el plazo para el pago en período voluntario va desde el día siguiente al de la recepción de la notificación (19 de mayo) hasta el 5 de julio. Al ingresar dentro de ese plazo se tiene derecho a la reducción.

Cálculo sanción

  • Recargo del 5% de 3.450= 172,50 €
  • Reducción del 25% = 172,50 – 43,13 = 129,37 € (recargo a ingresar)

En este caso de retraso Hacienda no podrá imponer sanción ni interés de demora, ya que se ha tratado de regularizar antes de un posible requerimiento.