Para que las personas puedan cobrar las prestaciones contributivas por desempleo, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pide como requisito fundamental una cuenta bancaria, en la cual, van a ser transferidas las cuotas mensuales de dicho beneficio.
La situación de no tener una cuenta propia pero, ser autorizado en alguna, tal vez sea un motivo para generarse expectativas sobre la posibilidad de utilizar la misma para tal fin. Sin embargo, hay ciertos lineamientos que se deben conocer y verificar la información al respecto.
Para no quedarte con dudas estás invitado a seguir leyendo el artículo, donde encontrarás de manera detallada lo que quieres saber sobre este tema.
¿Se puede ingresar el paro en una cuenta como autorizado?
Cuando no se es titular de una cuenta bancaria, pero se es autorizado, ciertamente se tienen algunas ventajas y beneficios importantes. No obstante, también se encuentran con limitaciones de relevancia.
El SEPE, al momento de solicitar los requisitos para optar por el beneficio del paro, claramente establece la introducción de un número de cuenta bancaria, donde el beneficiario sea el titular de la misma.
Entonces sucede, que hay personas que no son titulares de la cuenta bancaria, sino que, figuran como autorizado, lo cual les permite tener ciertas ventajas para el manejo de la misma. Sin embargo, no está permitido por el SEPE ingresar el paro en este tipo de cuentas.
Es un requisito obligatorio y fundamental poseer una cuenta bancaria propia, donde la persona que va a realizar la solicitud de la prestación por desempleo sea titular de la misma.
Requisitos para abrir una cuenta en un banco de España en 2025
Para realizar los trámites de apertura de una cuenta bancaria debes reunir algunos requisitos que solicitan los bancos en general:
Ser mayor de 18 años de edad.
En caso de ser español, presentar el DNI.
Los extranjeros deberán presentar pasaporte, NIE o la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Documento que pruebe tu domicilio en el país.
Documento que indique tu condición de empleo, sea el contrato de trabajo, una tarjeta de estudiante o algún documento que compruebe que no tienes empleo.
Declaraciones de la Renta o pago del IVA.
Documento que acredite el origen o procedencia de los fondos.
Con los requisitos o documentos anteriormente señalados podrás abrir una cuenta que te permita ingresa el paro, ya que si no la posees, tu solicitud a las prestaciones por desempleo será automáticamente rechazada.
Al momento de abrir la cuenta también debes considerar los servicios que puedan estar asociados a tu cuenta, ya que podrían ofrecerte otros contratos como tarjeta de débito o crédito por ejemplo. Además solicitar información sobre posibles comisiones de mantenimiento.
Es recomendable que, antes de ir a algún banco en particular, busques en el Internet un comparador de cuentas de algunos bancos de España, para que te quedes con el que más ventajas te ofrece de acuerdo a tus necesidades.