Ser miembro de un tribunal de oposición es una gran responsabilidad. Su tarea debe ser imparcial, objetiva y profesional y para poder ser miembro es necesario ser un profesional de carrera. Es por eso que, al ser un trabajo tan importante, y de carácter obligatorio, los miembros recibirán una remuneración mínima por la asistencia.
¿Qué es y cómo funciona el Tribunal de una oposición?
El tribunal de una oposición es un organismo público, encargado de realizar y calificar las pruebas de un proceso selectivo de las que sea precisamente tribunal. En este caso valorar y seleccionar a los aspirantes a funcionarios públicos en cada fase y de elaborar la lista final de aprobados.
Esto conlleva una responsabilidad muy grande y es necesario ser totalmente objetivo e imparcial a la hora de realizar todas las tareas que se le han designado.
¿Cómo está compuesto un tribunal de oposiciones?
En general, un tribunal de oposiciones está compuesto por un presidente y un secretario elegidos por un organismo oficial y vocales elegidos por sorteo. Debe tener un número impar de miembros que no pueden ser menos de cinco y solo puede ser conformado por funcionarios de carrera.
Sus funciones principales como mencionamos son las de decidir el resultado de una convocatoria para lo cual puede recibir ayuda por para de Consejería, supervisar en todo momento la oposición y, por supuesto, resguardar los exámenes oficiales.
¿Cuánto se cobra por ser miembro de un tribunal de oposición?
Ser miembro de un tribunal de oposición es un trabajo obligatorio y de gran responsabilidad conformado por profesionales, los cuales cobran una remuneración mínima de 1000 € por ser miembro. Si eres vocal hay que sumarle 35 a 50 € por día por cada jornada de exposición oral y 60 € por cuidar los exámenes escritos. La remuneración de los secretarios será de 100 € diarios, mientras que la del presidente asciende a 150 €.
Por otro lado, cada uno de los miembros del tribunal percibe una serie de indemnizaciones y compensaciones por razón de servicio por su participación en los exámenes de la oposición.
Si el examen cuenta con remuneración de asistencia, desplazamiento, alojamiento y manutención, un miembro de tribunal tendrá derecho a cobrar 20 a 25 € de remuneración por manutención y una remuneración por desplazamiento que rondará los 0,19 € por kilómetro si se va en coche, y 0,078 € si se va en moto.
En tanto que, por asistencia pueden cobrar entre 35 € los vocales y 45 a 50 € por día en el caso del presidente y el secretario. Esta cifra que puede verse aumentada en un 50% si las sesiones se celebran en sábado o festivos. Por alojamiento, la remuneración será total, es decir, se abonará toda la cantidad si se presenta justificante.
Es importante aclarar que no se perciben este tipo de compensaciones económicas por gastos de alojamiento ni de manutención si el examen tiene una duración igual o inferior de un día.