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¿Cómo saber si tengo una herencia para cobrar?

Hay muchas ocasiones en que tras la muerte de un familiar, las personas más cercanas por el desconsuelo y el dolor en esos momentos, lo menos que piensa es en saber si le dejaron alguna herencia, o reclamarla en caso de estar al tanto de la misma.

Luego, surgen las interrogantes ¿Tendré alguna herencia? ¿Cómo saberlo? ¿A dónde recurro? No te preocupes, en este artículo encontrarás toda la información al respecto, ¡Quédate y sigue leyendo!

Tener herencia para cobrar

¿Dónde puedo averiguar si poseo una herencia?

Hay personas que dejan sus testamentos listos en vida pero no se lo comunican a los que allí salen beneficiados. Entonces, una vez que fallecen, como ninguno de los familiares tiene conocimiento, se deben comenzar a hacer diligencias para saber si ciertamente hay una herencia por testamento o no.

Para comenzar la indagación acerca de si una persona en particular dejó una herencia a otra, se debe tener a la mano el Certificado de defunción del fallecido, el cual es dado aproximadamente en 15 días. El mismo es tramitado por la funeraria y también se puede conseguir copia en el registro civil correspondiente.

Ya con el acta de defunción, los interesados deben ir al Registro General de Actos de Última Voluntad y verificar si la persona dejó o no algún testamento. El mismo será notificado mediante un Certificado de Última Voluntad.

De esta forma se puede constatar si hay o no un testamento, y definitivamente quiénes han sido elegidos como herederos a voluntad del difunto. Si los familiares no desean hacer este proceso por sí mismos, pueden hacer la solicitud al notario para que el mismo lo lleve a cabo.

¿Qué pasa si el fallecido dejó una herencia pero no hay testamento?

Existe una gran cantidad de personas que tienen muchos bienes en vida y no se preocupan por hacer un testamento, y cuando fallecen, los familiares no saben cómo y qué heredarán debido a la inexistencia de un testamento.

En este caso, la herencia sin testamento es llamada “Sucesión Intestada” o “Sucesión Legal”, en la cual está jurídicamente contemplado cómo debe llevarse a cabo la repartición de bienes de acuerdo al grado de consanguinidad de los familiares.

De acuerdo a esto, se estipula que hay que realizar una Declaración de Herederos, la cual es un documento formal que se hace ante un notario, dónde se establece cuáles son los familiares que tienen parte en la herencia del fallecido.

Al momento de realizar la Declaración de Herederos se debe consignar una serie de documentos:

  • Acta de defunción y DNI del fallecido.

  • DNI y Acta de nacimiento de los herederos.

  • Certificado de Última Voluntad.

  • Libro de la familia o acta de nacimiento o defunción de los hijos del fallecido.

  • Dos testigos que conozcan a la familia.

¿Cómo se reparte la herencia si no hay testamento?

repartición de la herencia

Como se dijo anteriormente, mediante la Declaración de Herederos se conocerá quiénes son los familiares que tendrán acceso a parte de la herencia del difunto.

Ve a continuación cómo se hace la repartición:

  1. Para designar a los familiares herederos lo que les corresponde como parte de herencia, se debe considerar en primer lugar los descendientes del fallecido. Dependiendo del número de hijos se dividirá la herencia en partes iguales.

  2. Si no hay hijos pero hay nietos, los mismos tienen el privilegio de heredar por derecho de representación. Si hay ausencia de hijos y nietos, corresponde a heredar a los ascendientes, es decir, los padres. Los mismos heredarían en partes iguales.

  3. En el caso de no haber padres, la herencia sería para los ascendientes más próximos. Y si tampoco existen estos parientes, heredaría el cónyuge.

  4. Si el fallecido no tiene hijos, nietos, padres, tíos, o cónyuge, tocaría heredar a los hermanos, sean de doble vínculo o medios hermanos. Solo que estos últimos heredarían solo la mitad de lo que les corresponde a los hermanos de doble vínculo.

  5. Finalmente, si el fallecido no tiene hermanos vivos, heredarían los sobrinos en partes iguales o en caso de ser hijos de hermanos medios se aplica lo mismo referido anteriormente hacia los hermanos.

¿Cuánto tiempo se tarda en cobrar una herencia?

El tiempo que concurra para finalmente recibir una herencia, va a depender de muchos factores, pero generalmente lleva su tiempo y la ejecución de muchas diligencias.

Cuando el fallecido ha dejado un testamento, el plazo para recibir la herencia suele ser más rápido, lógicamente porque ya se sabe quiénes son los herederos. Puede tardar aproximadamente un mes o menos.

Ahora bien, si la persona no dejó un testamento en vida, en primer lugar, como se abordó anteriormente corresponde hacer la Declaración de Herederos y así mismo una cantidad de trámites que por lo general llevarán bastante tiempo.

Y en todos los casos se debe cancelar el Impuesto de Sucesiones para poder acceder a la herencia, teniendo un plazo de 6 meses para pagarlo.

tiempo en cobrar herencia

¿Cuáles son los requisitos para recibir una herencia?

En líneas generales se requieren de ciertos documentos de importancia para poder tramitar y recibir una herencia. Estos varían ligeramente dependiendo de los bienes a adquirir y del tipo de herencia, si es con testamento o por sucesión intestada, es decir, sin testamento.

A continuación los requisitos solicitados según aplique:

  • Copias del DNI del fallecido y de los herederos.

  • Certificado de defunción.

  • Certificado de Actos de Última Voluntad.

  • Certificado bancario original.

  • Testamento.

  • Declaración de Herederos (en caso de la ausencia de testamento).

  • Acta de notoriedad.

  • Documentos de los vehículos heredados.

  • Documentos de las viviendas heredadas.

  • Certificados de seguros de vida.

  • Cancelación del impuesto de sucesiones y del impuesto plusvalía.

  • Inscripción en el registro de la propiedad y en catastro.